México es un país con 112’336,538 habitantes. Según los informes de la INEGI del 2010, debido al crecimiento de la población, la disponibilidad de agua ha disminuido de manera considerable: en 1910 era de 31 mil m3 por habitante al año; para 1950 había disminuido hasta un poco más de 18 mil m3; en 1970 se ubicó por debajo de los 10 mil m3, en 2005 era de 4 573 m3 y para 2010 disminuyó a 4 230 m3anuales por cada mexicano.
Para el año 2010, el porcentaje de viviendas con disponibilidad de agua entubada fue de 88.7% (INEGI, PORCENTAJE DE VIVIENDAS CON DISPONIBILIDAD DE AGUA POTABLE, 2011) esto significa, casi 99 millones de personas; el resto se abastecían de agua entubada fuera de la vivienda pero dentro del terreno que habitan, de pozos, ríos o arroyos, de la llave pública, o de otra vivienda.
Las comunidades campesinas e indígenas son las que generalmente se encuentran en las zonas rurales alejadas y tienen falta de servicios básicos, haciendo cuentas con base al número de viviendas que no tienen acceso al agua potable y las personas promedio que habitan cada vivienda (INEGI, PROMEDIO DE OCUPANTES POR VIVIENDA, 2011), alrededor de 13 millones de personas no cuentan con el servicio de agua entubada. Como veremos más adelante, la LGA tiene muchas irregularidades incluso en su redacción y contenido y muchas personas están muy pendientes de lo que procederá con la citada ley pues afecta a muchos ciudadanos, es por eso que tanto científicos, estudiantes, escuelas, centros de investigación entre otros están incluso proponiendo modificaciones a la ley para que realmente se pueda ver una mejoría en los problemas actuales de nuestro país en vez de que se empeoren.
La Ley General de Aguas promovida por la cámara de diputados el día 8 de Febrero del 2012 es una ley promovida por la Comisión Nacional de Agua ante la cámara de diputados. Es una ley que beneficia a unos pocos y que fue promovida opacamente sin llevar los pasos correspondientes a la legislación en México.
El objetivo de este presente documento es el análisis de la propuesta de ley que se pretende aprobar en la cámara de diputados para poder conocer el enfoque que se le dan a los artículos que la ley contiene y tener una postura ante su propuesta.
Para esto primero se procederá a mencionar los artículos más alarmantes de dicha ley así como la interpretación de los mismos para un mejor entendimiento. Posteriormente se presenta una serie de conclusiones con base en lo analizado en éste ensayo.
La ley General de Aguasfue promovida con la supuesta finalidad de asegurar el derecho humano de acceso al agua de buena calidad como lo dicta el artículo 4° de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos. Sin embargo, existen muchas opiniones en contra de tal fin, desde científicos reconocidos, población en general, experto en la materia e incluso diputados. Un ejemplo de lo anterior es la de la investigadora y Maestra Brenda Rodríguez Herrera que pertenece a la Coalición de Organizaciones Mexicanas por el Derecho al Agua(COMDA) quien afirma que 13 millones de viviendas que si cuentan con el servicio de agua potable reciben en sus hogares el líquido contaminado por falta de saneamiento, al grado que realmente no es potable, pues las familias sufren constantemente de infecciones gastrointestinales y afecciones en la piel.
La Ley general de aguas sería el medio ideal para incluso despojar a campesinos, indígenas o cualquier persona que se oponga a un megaproyecto potencial en sus tierras ya que habla acerca de la utilidad pública de los cuerpos de agua y con apoyo del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “La propiedad de las… aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación…,. Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización” esto sería posible.
Los investigadores Pedro Moctezuma Barragán y Elena Burns dicen que la mencionada ley, pretende tomar decisiones sobre el agua a espaldas de la ciudadanía y ejecutarlas con el apoyo de la fuerza pública, esto se ve reflejado en el artículo 263 de la LGA que confiere la facultad a la Conagua de solicitar el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir sus determinaciones.
En los artículos 81,116, 129 y 132 la Ley adopta una postura en la que la participación tanto del sector Social como el Privado la CONAGUA podrá celebrar tanto contratos de obra pública como otorgar concesiones para realizar megaproyectos que incluyan los trasvases de un cuerpo de agua a otro y administrar los servicios públicos. Esto da pie a la privatización del recurso agua de nuestra nación, cosa preocupante y alarmante.
Es una ley que ha tenido muchas críticas por parte de la población, los ONGs y diferentes organizaciones sociales. La ley asegura el agua para uso minero y para el fracking, ya que el uso del líquido en la explotación de minas no requerirá concesión y la fractura hidráulica cabría dentro de la definición de uso industrial. Esto se defiende en el artículo 142 que permite contaminar ríos siempre y cuando “no rebasen la capacidad de asimilación”.
Además, restringe el derecho humano al agua. La Organización Mundial de la Salud establece que toda persona, para satisfacer sus necesidades básicas, debe tener derecho a una cantidad mínima de 100 litros por día y la LGA establece que dicho derecho es de 50 litros (Artículos 10 y 49). La ley se muestra muy ambigua en el artículo 49 que versa lo siguiente “El derecho humano al agua comprende la obligación de la autoridad competente de garantizar a los asentamientos humanos, en términos de esta Ley:…” la ambigüedad se muestra de forma en que los asentamientos humanos como tal no son sujetos de derecho, los sujetos de derecho de acceso al agua son las personas.
Por último, la Ley General de Aguas es un instrumento mediante el cual se pretende privatizar uno de los bienes más preciados y vitales que tenemos en nuestro territorio, con el fin de beneficiar a unos pocos con los grandes contratos que ella permitiría, sin sopesar los impactos ambientales que podrían propiciarse. Las empresas más beneficiadas podrían ser las que son producto del nepotismo y compadrismo, como el caso del Grupo Higa, empresa de Juan Armando Hinojosa Cantú, que en varias ocasiones ha sido beneficiada con jugosos contratos para la construcción de obras del gobierno federal.
Parte de la solución a esta situación es la manifestación pacífica de los ciudadanos ante las autoridades, tener una actitud propositiva y dar a conocer mediante la difusión, en los distintos medios de comunicación, la situación actual para que más personas estén enteradas de lo que sucede y poder así ser una fuerza de cambio contra la impunidad y el gobierno.
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